Se ha abierto el plazo para solicitar las ayudas de alquiler para el 2019. Hay dos líneas ALQUILER JOVEN, (para menores de 35 años el importe de la ayuda podrá ser de hasta el 50% de la renta de alquiler ) y ALQUILER GENÉRICO, (la ayuda podrá ser de hasta el 40% del importe de la renta de alquiler y si todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años podrá ser del 50%).
El plazo para la presentacion de la solicitud de ayuda finaliza el día 8 de marzo de 2019.
Los formularios de solicitud e impresos asociados estarán disponibles para cumplimentarlos utilizando los medios
telemáticos accesibles desde cualquier dispositivo con acceso a Internet a través de la siguiente dirección:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18582&version=amp
telemáticos accesibles desde cualquier dispositivo con acceso a Internet a través de la siguiente dirección:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18582&version=amp
Los solicitantes que no utilicen certificado digital deberán rellenar el formulario telemático, imprimir el justificante de entrega y el formulario.
Este justificante, el formulario firmado, el «ANEXO A LA SOLICITUD DEL PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA. CONVOCATORIA 2019» firmado y la documentación exigida en la convocatoria
se presentarán por registro de entrada en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre: oficinas PROP, ayuntamientos, por correo certificado, y preferentemente:
se presentarán por registro de entrada en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre: oficinas PROP, ayuntamientos, por correo certificado, y preferentemente:
Por internet
A través del enlace correspondiente:
· Tramitar sin certificado electrónico:
· Tramitar sin certificado electrónico:
Para más información esta guía que detalla todos los pasos a seguir:

