SERVICIOS Y RECURSOS
- Ayudas económicas
- Teleasistencia
- Tarjeta Dorada RENFE
- Programa Termalismo Imserso
- Programa Turismo Imserso
- Ayudas de Desarrollo Personal
- Tarjeta del Mayor
Ayudas económicas para personas mayores en situación de vulnerabilidad
El Ayuntamiento de Elche pone en marcha una nueva convocatoria de ayudas económicas dirigidas a personas de 65 o más años que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica o social. La finalidad de estas ayudas es contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas mayores y ayudar a afrontar gastos cotidianos derivados de la pérdida de poder adquisitivo.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
La ayuda es de 500 euros por unidad de convivencia. Para esta convocatoria, se considera unidad de convivencia a todas las personas empadronadas en la misma vivienda, tengan o no relación familiar.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden solicitar esta ayuda las personas que cumplan todos estos requisitos:
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Tener 65 años o más. Además, todas las personas empadronadas en la vivienda deberán tener 65 o más años y/o dependencia o discapacidad igual o superior al 33 %.
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Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
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Estar empadronadas en el municipio de Elche desde hace al menos 3 años ininterrumpidos.
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No ser propietarias de otra vivienda distinta de la habitual.
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Tener una cuenta bancaria a su nombre.
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Estar al corriente de pagos con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Elche.
Requisitos económicos
Los ingresos anuales de todas las personas empadronadas en la vivienda no podrán superar los siguientes límites:
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Unidad de convivencia |
Ingresos máximos anuales |
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1 persona |
10.500 € |
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2 personas |
12.600 € |
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3 o más personas |
14.700 € |
Si en la vivienda reside alguna persona con dependencia o discapacidad igual o superior al 33 %, los límites aumentan:
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Unidad de convivencia |
Ingresos máximos anuales |
|
1 persona |
12.600 € |
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2 personas |
14.700 € |
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3 o más personas |
16.800 € |
¿Qué documentación hay que presentar?
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Solicitud oficial (modelo A613).
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Documento bancario donde aparezca la titularidad de la cuenta de la persona solicitante (certificado de titularidad bancaria, primera página de la libreta o extracto bancario)
¿Dónde se puede presentar la solicitud?
Las solicitudes podrán presentarse:
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En cualquier oficina OMAC.
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A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Elche (TRÁMITE ONLINE)
¿Cuál es el plazo?
El plazo de presentación será desde el 18 de junio hasta el 20 de julio de 2026, ambos inclusive, por ser inhábil el día 18 de julio.
Información importante
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Solo puede concederse una ayuda por vivienda o unidad de convivencia.
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El Ayuntamiento podrá requerir documentación adicional si la solicitud está incompleta.
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Estas ayudas tributan en el IRPF.
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El plazo máximo para resolver las solicitudes es de seis meses.
Para más información dirigirse a la Casa del Mayor
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Sant Isidre 10 bajo
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966 658 263
Solicitud de servicio de Teleasistencia domiciliaria, consistente en que las personas mayores o personas discapacitadas, al pulsar el botón que llevan encima constantemente, y sin molestias, entran en contacto verbal «manos libres» las 24 horas del día y los 365 días del año, con un Centro atendido por personal especializado.
Trámite de servicio de Teleasistencia domiciliaria Ver enlace
Tarjeta que pueden adquirir los mayores de 60 años, pensionistas y personas con discapacidades importantes que da derecho a obtener descuentos según las condiciones establecidas.
Para más información, Pinchar Aquí.
Objetivo:
El Programa de Termalismo proporciona el acceso a los tratamientos termales en establecimientos que cuenten con manantiales de agua minero medicinal declarados de utilidad pública, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia
Requisitos:
- Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en el Estado español, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
- Los usuarios de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
- No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
- Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
- Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a los usuarios en el punto segundo.
- También podrán ser adjudicatarios de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo.
Asimismo, podrán ser adjudicatarios de plaza, los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación - Los requisitos se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su acompañante.
- En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
Solicitud y más información Ver enlace
El Imserso desarrolla su Programa de Turismo como un servicio complementario de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social española, con el objetivo de proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, su salud y la prevención de la dependencia.
Por otra parte con el Programa de Turismo del Imserso se contribuye al mantenimiento del empleo y la actividad económica, paliando las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.
Solicitud y más información Ver enlace
A) Ayudas técnicas y productos de apoyo:
- Sillas de ruedas con motor eléctrico.
- Grúa hidráulica / eléctrica.
- Audífonos.
- Otros productos y ayudas técnicas.
B) Ayudas para adaptaciones en el hogar y supresión de barreras en el interior de viviendas:
- Adaptaciones en el cuarto de baño.
- Eliminación de barreras en el interior de la vivienda
- Adaptación de vehículo de motor.
Trámite de Ayudas para el desarrollo personal Ver enlace
Definición:
La Tarjeta del Mayor se pone en marcha con el fin de ofrecer a las personas mayores que la soliciten, una serie de ventajas y descuentos contenidos en el Catálogo de Servicios.
Objetivo:
El objetivo es facilitar a las personas mayores titulares de esta tarjeta el acceso a determinadas ventajas o descuentos en compras o servicios. Estas ventajas y descuentos se divulgarán mediante el Catálogo que se facilitará a los usuarios de la Tarjeta y que también estará a disposición de los usuarios de la Web de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
Requisitos:
Tener 65 años cumplidos
Acreditar la condición de pensionista si la edad del solicitante esta entre 60 y 65 años.
Residir en alguno de los municipios que conforman la Comunitat Valenciana.
Presentar la solicitud.
Servicios:
Todos aquellos que constan en el Catálogo de Servicio: productos, ayudas técnicas, servicios para cuidar su salud, entre otros.
Además, la Tarjeta del Mayor recoge todos los beneficios y ventajas culturales que se incluían en la Tarjeta Cultural de la Tercera Edad y que se detallan en el Catálogo de Servicio, en virtud de la Resolución de 21 de junio de 2016 de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.
Plazo de solicitud:
A partir del día siguiente a la publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
Solicitud de la Tarjeta del Mayor de la Comunitat Valenciana Ver enlace