El Palmeral de Elche

El Palmeral no es una agrupación casual de palmeras, ni tampoco un bosque, ni un jardín, es un oasis integrado en el entorno, un paisaje creado por el hombre para transformar una tierra árida, escasamente regada por aguas salobres, en un lugar idóneo para el desarrollo de una agricultura de tipo intensivo. Un complejo sistema hidráulico, a partir del escaso recurso de las aguas del río Vinalopó, permitió el desarrollo de una agricultura de regadío que data de la época andalusí.

LOS HUERTOS DE PALMERAS

Esta agricultura tenía un espacio privilegiado en el entorno de la ciudad. En el centro de la red de acequias, los huertos de palmeras eran un elemento esencial del sistema. Las palmeras resisten bien las aguas salobres del Vinalopó y, plantadas en fila en los márgenes de unas parcelas de pequeñas dimensiones (aproximadamente una tahúlla, es decir, 953 m2), favorecían una mejor distribución del agua, facilitaban la menor incidencia del viento y de la radiación solar y, por tanto, una mejor retención de la humedad. La palmera producía dátiles para alimentar a la gente y a los animales, las palmas se utilizaban para la fabricación de capazos, esteras, escobas, se usaban como elemento de cubrición (techos de los porches, etc.) y también como elemento litúrgico el Domingo de Ramos; el tronco se utilizaba como elemento de construcción o como mobiliario (bancos y mesas)… Dentro de las parcelas, se cultivaba alfalfa para los animales, granados, olivos, algarrobos e incluso algunas hortalizas -una agricultura de oasis en una zona caracterizada por la aridez del medio.

El área compacta de huertos alrededor de la ciudad se hallaba atravesada por la red de caminos y veredas, que unían el núcleo urbano con las poblaciones de alrededor y con las partidas rurales del término. Estaban protegidos a menudo con tapias de obra –también de «cascabots»–, lo que indica su alto valor económico. Cada huerto tenía generalmente su casa, donde vivían los hortelanos (a partir del siglo el XVIII se generalizaría el arrendamiento como forma de tenencia de la tierra) y a veces, pocas, los amos.

Debemos entender la producción de los huertos como un sistema intensivo de trabajo, cuya producción estaba dirigida al consumo, pero también al mercado urbano.

DECLARACIÓN POR PARTE DE LA UNESCO DEL PALMERAL COMO PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD. SIGNIFICADO

El 30 de noviembre del año 2000, el organismo para la educación, la ciencia y la cultura de las Naciones Unidas distinguió para su salvaguarda no solamente un paisaje único en el mundo si no las singularidades históricas y culturales que forman parte inherente de la identidad ilicitana.

La declaración del palmeral como patrimonio de la Humanidad ponía especial énfasis en la protección de las estructuras de los huertos de palmeras, sistemas de riego, viviendas tradicionales, etc. La declaración, más que un premio, implica una obligación: la de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en el territorio.

El palmeral de Elche se incluye en la categoría de “paisaje cultural”, es decir, el fruto de la actividad de una comunidad humana como respuesta a su entorno natural. Además, un paisaje cultural es un entorno vivo, que conserva su función social, estrechamente vinculada al modo de vida tradicional y que, por ser vivo, prosigue su proceso evolutivo.

El Comité del Patrimonio Mundial consideró que el palmeral de Elche cumplía dos criterios de autenticidad que lo hacían poseedor de un “valor universal excepcional”:

  • Por una parte, es el testimonio de un intercambio de valores humanos. De lo que se trata aquí es de la transferencia cultural en un área y en un período. Más concretamente, de un paisaje característico de una cultura a otra, y de un continente a otro, en este caso, del norte de África a Europa.
  • En segundo lugar, es un ejemplo destacado de formas tradicionales de asentamiento humano y de aprovechamiento del medio natural representativo de una o varias culturas. En el caso de Elche, estas formas tradicionales fueron traídas a Europa durante el período andalusí y han sobrevivido hasta la actualidad.

La declaración implica la aceptación de una serie de recomendaciones de la UNESCO que incluyen la aprobación de las normas legales necesarias para proteger el bien, así como la imposibilidad de realizar, sin la autorización de los servicios especializados, ninguna modificación o transformación que pueda alterar el aspecto del bien.

PROTECCIÓN

Ya en 1922 Pedro Ibarra había publicado en el semanario Nueva Illice un artículo en el que decía que «se puede y se debe progresar sin arrancar una palmera, sin arrancar ese palmeral», gracias al debate social abierto entonces se inició el camino a la legislación de protección del palmeral. El decreto no entra en consideraciones como las cuestiones que afectaban a la explotación agraria y tampoco resolvía problemática urbanística.

El carácter del conjunto de estas dos normas, fue eminentemente generalista, afectando a la totalidad del palmeral del término, pero sin incluir identificación gráfica alguna de sus huertos, ni delimitación geográfica concreta de su ámbito de actuación, salvo la referencia particular y anecdótica al Huerto del Cura. Ambos decretos, intentarán de forma más teórica que real, la protección del Palmeral. Estuvieron vigentes hasta la Ley de Tutela del Palmeral de 1986, que los derogó expresamente.

Por primera vez se diferencian lo que son huertos de palmeras, grupos de palmeras y palmeras diseminadas. Se estableció un registro y se establecieron las obligaciones de los titulares referentes a usos y aprovechamientos permitidos, además de su mantenimiento. También reguló esta ley las operaciones sobre los ejemplares, entre ellas, el encaperuzado tradicional para la obtención de palma blanca para el Domingo de Ramos.

  • 1998, PGOU. Prohíbe cualquier intervención sin autorización del Patronato del Palmeral. La ejecución de este documento ha permitido que la mayor parte de los huertos históricos urbanos se destinen a espacios libres y sean de propiedad municipal. Paralelamente, se realiza un censo oficial actualizado de palmeras (el anterior databa de 1978), y el Archivo Histórico conserva ejemplos anteriores.
  • 2008, Plan Especial de Protección del Palmeral de Elche. Fue aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento.
  • 2013. El Boletín Oficial de la Provincia de Alicante publica la Ordenanza Municipal para la protección del palmeral ante la plaga del picudo rojo.
  • 2017, el Ayuntamiento presenta una propuesta de ley para garantizar la preservación del Palmeral ilicitano.
  • 2021, 28 de octubre, Las Cortes Valencianas aprueban la Ley de Protección del Palmeral de Elche.

Seguramente, por primera vez en la historia del parlamentarismo valenciano, se aprueba una ley promovida desde un ayuntamiento. Su objetivo fundamental es garantizar la protección y conservación del Palmeral histórico y actualizar la Ley de 1986 que era anterior a la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano (1998) y a la inclusión en la Lista de Patrimonio Mundial de la Unesco (2000).

Esta Ley actualiza la tutela jurídica del Palmeral e incorpora varias cuestiones relevantes:

Dota de mayor autonomía a la Junta Gestora del Patronato del Palmeral.

Plantea un compromiso de financiación por parte de la Generalitat y el Ayuntamiento, que hasta ahora no existía.

Declara Bien de Interés Cultural el Palmeral Histórico y la zona de amortiguamiento, que coincide con la zona declarada Patrimonio de la Humanidad por parte de la Unesco.

El Servicio de Inspección del Palmeral, dependiente de la Junta Gestora, tiene carácter de agente de la autoridad y puede promover el sancionar infracciones a la normativa.

Los elementos protegidos por la ley pasan de la palmera datilera a: huertos de palmeras (que incluye la palmera datilera, sistemas de riego, alineaciones de palmeras, bancales, cultivos asociados, red de riego, trazados de caminales y caminos tradicionales) agrupaciones de palmeras, palmeras aisladas o singulares, construcciones tradicionales (viviendas agrícolas, muros y cerramientos, aljibes, balsas, …) el oficio de palmerero y la artesanía de la palma blanca.

  • 2021. 29 de diciembre, (día de celebración de la festividad de la Venida de la Virgen), el Boletín Oficial del Estado publica la Ley aprobada por la Cortes Valencianas dando por terminado el trámite necesario para que adquiera plena eficacia jurídica.

 

Alianza de Paisajes Culturales

Elche es socio fundador de la Alianza de Paisajes Culturales y Sitios a fines, Patrimonio Mundial desde su creación en 2019.

Esta organización agrupa a ciudades que tienen en común el privilegio de ostentar el reconocimiento por parte de la UNESCO como patrimonio Mundial y la obligación de velar para que el desarrollo y la conservación se realicen de forma racional y sostenible.

El pertenecer a una misma categoría hace que estas ciudades compartan problemáticas y objetivos.

La Alianza favorece la cooperación en este ámbito, promoviendo la participación activa en una escala superior fomentando la educación, la divulgación y la información en materia de Patrimonio natural y cultural.